En 2018 se cumplirá el VIII Centenario de la creación de la Universidad de Salamanca y, con ella, del nacimiento de la Universidad en España. Con ocasión de dicha efeméride, la Comisión Interinstitucional para la conmemoración del VIII Centenario de la creación de la Universidad de Salamanca, en ejercicio de sus competencias para la aprobación del programa de actividades, ha aprobado un "Programa de excelencia de la Universidad", que incluye entre otras actuaciones la configuración de las llamadas Cátedras del VIII Centenario, concebidas como polo de atracción para incorporar a la Universidad investigadores de reconocido prestigio.

La Universidad de Salamanca e Iberdrola han suscrito un acuerdo de intenciones conducente a la configuración de la primera de esas Cátedras, la "Cátedra Iberdrola Octavo Centenario", cuyo ámbito de actuación será el análisis y viabilidad de tecnologías y modelos de negocio para un mundo energético descarbonizado y electrificado.

La Cátedra constituye una unidad de investigación, docencia y transferencia, configurada sobre la base de la contratación temporal de tres investigadores, en función de las previsiones de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

  • Un Investigador Distinguido, que dirigirá la Cátedra Iberdrola VIII Centenario.
  • Un Investigador postdoctoral con contrato de Incorporación al Sistema Español de Ciencia Tecnología y salario de Profesor Ayudante Doctor.
  • Un Investigador predoctoral, con salario de Ayudante.

Todos los contratos serán por dos años, prorrogables por un máximo de otros dos, si la evaluación de su trabajo es favorable. A tal fin la Universidad establecerá una comisión evaluadora que tendrá en cuenta los informes del Investigador distinguido, las publicaciones, su calidad, los proyectos y contratos conseguidos, su carácter y volumen económico y, en su caso, las patentes desarrolladas.

El Investigador distinguido formará parte de las comisiones de selección de los investigadores postdoctoral y predoctoral de la Cátedra VIII Centenario que dirige, así como de sus comisiones de evaluación.

El investigador distinguido, el investigador postdoctoral y el investigador predoctoral podrán impartir docencia de grado y máster, con un máximo de 8 créditos docentes por curso académico en los dos primeros casos y de 6 en el tercero. Esta docencia no tendrá repercusión en el cómputo de la actividad docente de las áreas de conocimiento de la Universidad de Salamanca.

Estabilización del investigador distinguido: Concluidos cuatro años de su contrato con evaluación favorable, y siempre que tenga la acreditación correspondiente, la Universidad convocará una plaza de Profesor Titular o de Catedrático a la que pueda concurrir el investigador en el área temática o perfil relacionado con el ámbito de actuación de la cátedra y dentro de los límites establecidos por la ley.

Estabilización del investigador postdoctoral: Concluidos cuatro años de su contrato con evaluación favorable, y siempre que tenga la acreditación correspondiente, la Universidad convocará una plaza de Profesor Contratado Doctor a la que pueda concurrir el investigador, de acuerdo con lo previsto en la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La Universidad podría también convocar una plaza de Profesor Titular a la que pudiera concurrir el investigador siempre que este dispusiera de la acreditación correspondiente y dentro de los límites establecidos por la ley.

Permanencia del investigador predoctoral: Concluidos cuatro años de su contrato con evaluación favorable, y siempre que tenga la acreditación correspondiente, la Universidad convocará una plaza de Profesor Ayudante Doctor a la que pueda concurrir el investigador.

La cátedra lleva aparejada la dotación de equipamientos, infraestructura y material fungible por una cuantía máxima de 60.000 euros el primer año, de 30.000 euros el segundo año y de 30.000 el tercer y cuarto año.

Estas ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 188297 / 324MN02

Requisitos de los solicitantes: Los solicitantes deberán ser investigadores de reconocido prestigio, con capacidad de liderazgo en investigación y en la dirección y creación de equipos. Deberán contar al menos con méritos similares a los requeridos en España para obtener la acreditación como Profesor Titular de Universidad.

Plazo y presentación de las solicitudes: El plazo de solicitudes finaliza el 15 de mayo de 2017. Se presentarán en el Registro General de la Universidad, en el impreso normalizado que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la página web http://transferencia.usal.es. También podrán presentarse a través del registro electrónico de la sede electrónica de la Universidad (https://sede.usal.es/opencms/opencms/es) más concretamente aquí, a cuyo efecto deberá disponerse de certificado de firma electrónica de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede.

Será necesario enviar toda la documentación en formato electrónico a serv.agi@usal.es indicando en el asunto del correo electrónico «CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL INVESTIGADOR DISTINGUIDO DE LA CÁTEDRA IBERDROLA OCTAVO CENTENARIO».

  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Solicitud firmada por el Investigador Solicitante.
  • Copia del título de doctor/a.
  • CV completo del solicitante, en formato CVN o similar (https://cvn.fecyt.es/editor/), incluyendo en un apartado específico publicaciones de los últimos 5 años en revistas incluidas en el Journal of Citation Reports (JCR), proyectos y contratos de investigación suscritos en los últimos 5 años y patentes en explotación.
  • Plan de trabajo: El plan de trabajo y sus actividades deben estar alineados con el objetivo temático "Análisis y viabilidad de tecnologías y modelos de negocio para un mundo energético descarbonizado y electrificado". El plan debe contener como mínimo estos apartados: Introducción, Objetivo general, Objetivos concretos, Actividades, Hitos, Difusión, Transferencia. El Plan no debe ocupar más de 10 páginas y 8.000 palabras.
  • Se aconseja además a los solicitantes ponerse en contacto con grupos de investigación, departamentos o Institutos Universitarios de Investigación afines con objeto de integrarse en ellos o garantizar la disponibilidad de espacios e instalaciones.

Proceso de valoración y selección

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez concluido el periodo designado de entrevistas personales, el Vicerrector con competencias en Investigación hará pública la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en el tablón electrónico de anuncios de la Universidad de Salamanca, disponible en la sede electrónica, y en la página web de la Universidad de Salamanca (http://transferencia.usal.es).

Tanto los/las aspirantes excluidos/as como los/las omitidos/as, por no figurar ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.

Transcurrido el plazo de subsanación, el Vicerrector con competencias en Investigación hará pública, en la misma forma antes indicada, la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as.

La publicación de estas listas en el tablón electrónico de anuncios de la Universidad y en la página web servirá de notificación a los/las interesados/as a todos los efectos. Los/las aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen frente a la omisión producida, justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Frente a tal exclusión, en cuanto acto de trámite cualificado, cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, o potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el propio Rectorado. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

La selección de las propuestas se realizará por una comisión específica creada al efecto, con representantes de la Universidad y de Iberdrola S.A. y la valoración de las propuestas se realizará mediante un proceso de evaluación por pares por expertos de reconocido prestigio ajenos a la Universidad y a través de una entrevista personal. Esta comisión queda facultada para interpretar cualquier aspecto relativo a esta convocatoria y adoptar las medidas oportunas en cualquier aspecto no recogido en esta convocatoria.

Valoración del Investigador solicitante: Se realizará teniendo en cuenta las publicaciones realizadas durante los últimos 5 años en revistas que aparezcan en el Journal of Citation Reports (JCR), proyectos y contratos de investigación suscritos en los últimos 5 años y patentes en explotación. Se valorará así mismo la capacidad de liderazgo del solicitante, medida en términos de dirección de equipos de investigación, dirección de tesis y condición de investigador principal en proyectos o contratos de investigación.

Valoración del Plan de trabajo: Se realizará teniendo en cuenta el grado de innovación de la propuesta, la coherencia de la misma y el plan de difusión.

Peso de las valoraciones:

  • Valoración del Investigador Solicitante (hasta 6 puntos).
  • Valoración de del Plan de Trabajo (hasta 2 puntos).
  • Valoración de la entrevista personal (hasta 2 puntos).

Selección: No podrá realizarse la contratación como investigador distinguido de ningún solicitante que tenga una valoración inferior a 8 puntos. No se llevará a cabo la contratación si la Universidad o uno de sus órganos no garantiza la disponibilidad de espacios donde llevar a cabo la investigación del solicitante.

La propuesta de adjudicación contendrá, desglosada en la forma antes indicada, la puntuación obtenida por todos/as los/las aspirantes, con indicación del/la candidato/a propuesto/a, que será el/la de mayor puntuación. El resto de los/las candidatos/as podrán sustituir al/la titular en caso de renuncia o baja por otras circunstancias, de acuerdo con la puntuación obtenida, teniendo como límite para las sustituciones nueve meses desde la incorporación del titular. En caso de sustitución, el período transcurrido será irrecuperable a efectos de duración del contrato.

Esta propuesta se publicará en el tablón electrónico de anuncios de la Universidad de Salamanca, disponible en la sede electrónica, y servirá de notificación a los/las interesados/as a todos los efectos, incluyendo los medios de impugnación que se describen a continuación. También se publicará en la página web de la Universidad de Salamanca (http://transferencia.usal.es).

Contra la propuesta de adjudicación, los/las candidatos/as admitidos/as podrán interponer el recurso de alzada ante el Rectorado previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Resolución definitiva de la comisión específica creada al efecto se publicará en el tablón electrónico de anuncios de la Universidad de Salamanca, disponible en la sede electrónica, y servirá de notificación a los/las interesados/as a todos los efectos, incluyendo los medios de impugnación que se describen a continuación. También se publicará en la página web de la Universidad de Salamanca (http://transferencia.usal.es).

La Comisión de Selección puede declarar motivadamente desierto el procedimiento de selección en el caso de que, evaluados los méritos, el perfil de los/las candidatos/as no se ajuste en su totalidad a las necesidades especificadas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación al interesado. No obstante, con carácter previo y de forma potestativa, el/la interesado/a podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Obligaciones del beneficiario/a

  • Realizar su labor en la Cátedra y ajustarse a las normas de funcionamiento de la Universidad en cuanto a la dedicación, función que deben desempeñar, horarios y vacaciones.
  • Solicitar autorización previa al Vicerrector con competencias en investigación para ausencia temporal del centro de adscripción. Las ausencias no autorizadas podrán ser causa de rescisión del contrato.
  • Indicar en las publicaciones científicas y divulgativas su vinculación a la Universidad de Salamanca en la forma recomendada por las instrucciones aprobadas al efecto por el Consejo de Gobierno.
  • Impartir y o coordinar al menos una conferencia o seminario, por mes de estancia, abierta a toda la comunidad Universitaria.
  • La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica el respeto de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las restantes obligaciones establecidas en el art. 15 Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • En cuanto a los derechos de propiedad industrial así como los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el periodo como beneficiario de la ayuda, se entenderá que es de aplicación lo establecido en la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, por lo que los mismos pertenecerán única y exclusivamente a la Universidad. Los derechos del investigador promotor de la patente estarán regulados por el Reglamento de Patentes y otros derechos de propiedad industrial e intelectual de la Universidad de Salamanca.

Salario

El salario bruto mensual del Investigador distinguido de la Cátedra Iberdrola VIII Centenario será de 4.500,00 € al mes, en doce mensualidades anuales, con el mismo incremento anual que apruebe el gobierno para los funcionares docentes universitarios. Solamente percibirá un salario por el tiempo real de estancia física en la Universidad de Salamanca, que será de un mínimo de seis meses por año.

Resolución

La resolución se llevará a cabo en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Trascurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución a los interesados, se entenderá desestimada por silencio administrativo la solicitud. A su vez, el beneficiario dispondrá de un periodo máximo de tres meses para incorporarse a la Universidad, ampliable hasta tres meses más por razones justificadas a juicio de la Universidad.

Justificación

Dos meses antes de concluir el periodo de dos años desde la puesta en marcha de la Cátedra, el Investigador distinguido deberá remitir por correo electrónico al vicerrectorado con competencias en investigación un Informe final que incluya las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos. Deberá así mismo emitir informes sobre el trabajo y resultados de los investigadores postdoctoral y predoctoral que puedan haberse contratado cuando se cumplan dos años de sus respectivos contratos. Todos esos informes serán la base para la posible renovación de los contratos asociados a la cátedra durante dos años más.

Régimen de incompatibilidades

Al/la beneficiario/a le será de aplicación la normativa de incompatibilidades establecida en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre y R.D. 598/1985 de 30 de abril, y no hallarse incurso en ninguna de las incompatibilidades que en dicha normativa se contemplan.

Régimen jurídico

Esta convocatoria se acomodará a las previsiones de estas bases y normativas de la Universidad de Salamanca como el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público (BOCYL 31 de octubre de 2016) y supletoriamente se regirá por Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE 2 de junio de 2011) y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. del 18 de noviembre), y R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( BOE 2 de octubre de 2015).

Recursos contra la presente convocatoria

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Salamanca en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en el art. 123 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.